domingo, 13 de noviembre de 2011

Legislación, Ética y Deontología

Se denomina legislación al conjunto de normas jurídicas que regulan determinada materia. También se define como el conjunto de normas a través de las cuales se ordena la vida de un país (ordenamiento jurídico), estableciendo acciones o conductas aceptables o rechazables por una persona (natural o jurídica) en su comportamiento externo.

La expresión Legislación se refiere a:
Por su parte, la expresión  ética (del griego "ethos", cuyo significado es "costumbre"), tiene como objeto de estudio de la moral y la acción humana. Su investigación se remonta a los orígenes de la filosofía moral en la Grecia clásica y su desarrollo histórico ha sido diverso. En otras palabras: la ética es una tematización del ethos, es el poner en cuestión los postulados sobre los cuales se basa la acción moral, con esta crítica se logra que estos preceptos sean más adecuados a un determinado proyecto de sociedad.

Deontología (del griego δέον "debido" + λόγος "Tratado"; término introducido por Jeremy Bentham en su Deontology or the Science of Morality/Deontología o la ciencia de la moralidad, en 1889) hace referencia a la rama de la ética cuyo objeto de estudio son aquellos fundamentos del deber y las normas morales. Se refiere a un conjunto ordenado de deberes y obligaciones morales que tienen los profesionales de una determinada materia. La deontología es conocida también bajo el nombre de "teoría del deber" y, al lado de la axiología, es una de las dos ramas principales de la ética normativa.

Trata, pues, del espacio de la libertad del hombre sólo sujeto a la responsabilidad que le impone su conciencia. Asimismo, Bentham considera que la base de la deontología se debe sustentar en los principios filosóficos de la libertad y el utilitarismo, lo cual significa que los actos buenos o malos de los hombres sólo se explican en función de la felicidad o bienestar que puedan proporcionar asuntos estos muy humanistas. Para Bentham la deontología se entiende a partir de sus fines (el mayor bienestar posible para la mayoría, y de la mejor forma posible).

El término deontología profesional hace referencia al conjunto de principios y reglas éticas que regulan y guían una actividad profesional. Estas normas determinan los deberes mínimamente exigibles a los profesionales en el desempeño de su actividad. Por este motivo, suele ser el propio colectivo profesional quién determina dichas normas y, a su vez, se encarga de recogerlas por escrito en los códigos deontológicos. Actualmente casi todas las profesiones han desarrollado sus propios códigos y, en este sentido, puede hablarse de una deontología profesional farmacéutica, médica, de los periodistas, de los abogados, etc.

Por ello es importante no confundir deontología profesional con ética profesional. Cabe distinguir que la ética profesional es la disciplina que estudia los contenidos normativos de un colectivo profesional, es decir, su objeto de estudio es la deontología profesional, mientras que, tal como se apuntaba al comienzo del artículo, la deontología profesional es el conjunto de normas vinculantes para un colectivo profesional.

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