domingo, 28 de febrero de 2016

Acuerdo de los países de Iberoamérica para reforzar la lucha frente a la venta ilegal de medicamentos por Internet

En el evento organizado por la Dirección Nacional de Medicamentos de El Salvador, celebrado el 20 de enero de 2016 en El Salvador, las autoridades de medicamentos de México (COFEPRIS), España (AEMPS), Paraguay (Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria), Colombia (INVIMA), El Salvador (Dirección Nacional de Medicamentos) y las Defensorías del Consumidor de Centroamérica firmaron un acta de entendimiento para trabajar conjuntamente en la lucha frente a la venta ilegal de medicamentos por Internet.
Imagen tomada de Internet

Características del acuerdo

Por medio de este acuerdo las agencias sanitarias y las autoridades de regulación en materia de consumo suscriptoras de dicha acta de entendimiento se comprometen a:

1) Establecer un Observatorio para vigilar la comercialización, promoción y publicidad de medicamentos por Internet.

2) Generar con dicho Observatorio una red de instituciones internacionales para combatir la venta ilegal de medicamentos a través de sitios web.

3) Establecer mecanismos legales en contra de la venta de medicamentos por Internet y los medios que esta actividad requiera.

4) Generar una red de alertas de la venta de medicamentos.

5) Compartir experiencias reguladoras.

Según datos de organismos internacionales como OMS, Naciones Unidas, e INTERPOL, a nivel mundial el 97% de los sitios web que venden medicamentos por Internet son ilegales, que ocultan su dirección física, son espurios y fraudulentos y se estima que la venta de productos falsos es el tercer negocio más lucrativo en el mundo.

Los medicamentos falsificados y fraudulentos, constituyen una preocupación cada vez más seria que afecta directamente a la salud pública de todo el mundo siendo especialmente difícil de combatir. En el ámbito nacional, cada uno de los países Iberoamericanos posee sus propios sistemas que garantizan la seguridad en el consumo de medicamentos. No obstante, en la lucha contra la falsificación de medicamentos la cooperación a nivel internacional es fundamental.

Este acuerdo ahonda en las actuaciones de cooperación y coordinación de las Autoridades competentes en medicamentos de Iberoamérica que constituyen la Red EAMI en relación con la lucha contra los medicamentos falsificados y fraudulentos.

En España solo es legal la venta por Internet de medicamentos no sujetos a prescripción médica, también conocidos como medicamentos sin receta, en los sitios webs de las farmacias habilitadas al efecto. Los detalles de esta modalidad de venta se incluyeron en el Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre , por el que se regula la venta a distancia al público, a través de sitios web, de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica, con el fin de dotar de las máximas garantías a estas compras a través de Internet y facilitar que los ciudadanos diferencien fácilmente, a través del logotipo europeo común, los sitios web legales de aquellos ilegales.

Referencias


2. Red de Autoridades en Medicamentos de Iberoamérica (EAMI). [Web]. Disponible en Internet en:  http://www.portaleami.org

3.  Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. [Web]. 1 de julio de 2015. Nota de prensa: Venta a distancia a través de Internet de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica. Disponible en:

Fuente: Vademecum.es

sábado, 27 de febrero de 2016

La condena millonaria contra Johnson & Johnson por un caso de cáncer relacionado con los polvos de talco

La empresa más grande del mundo de productos de cuidado personal y salud, Johnson & Johnson, fue condenada a pagar US$72 millones por el caso de una mujer que murió por cáncer de ovarios.

Jackie Fox, de Alabama, murió el año pasado, a los 62 años, tras haber utilizado los polvos de talco para bebés y otros para higiene femenina durante décadas.
Imagen tomada de Internet

La familia dice que la empresa conocía los riesgos del producto pero no avisó a los consumidores y el jurado condenó a la empresa por "responsabilidad por producto defectuoso, negligencia y conspiración", le dijo a BBC Mundo Jere Beasley, uno de los abogados de la familia que ha participado en el juicio.
Esto se tradujo en la condena a la empresa a pagar US$10 millones por daños personales y otros US$62 millones por daños punitivos tras el fallecimiento de la paciente.
Pero J&J niega las acusaciones y está evaluando cuál será su próximo paso legal.


El veredicto "va contra décadas de evidencia que prueban la seguridad del talco como ingrediente cosmético en muchos productos", dijo Carol Goodrich, una portavoz de la empresa en declaraciones publicadas por la agencia AP.
La portavoz citó investigaciones de la Agencia de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (la FDA) y el Instituto Nacional contra el Cáncer de este país, para apoyar que los riesgos nunca se han probado.

En el juicio, sin embargo, los abogados de Fox introdujeron como evidencia un memorándum interno de 1997 elaborado por un consultor médico que decía que "cualquiera que niegue los riesgos" entre el uso de talco y el cáncer de ovario sería percibido públicamente como aquellos que negaban el vínculo entre el tabaco y el cáncer.
Según el consultor se trataba de un caso de "negar lo obvio teniendo toda la evidencia sobre lo contrario".

Los cargos contra la empresa indican que la compañía puso en el mercado un producto "irracionalmente peligroso sin alertar los consumidores", dice Beasley.
Según el abogado, el vínculo entre los polvos de talco y el cáncer de ovarios en la paciente quedó establecido en el juicio.

Beasly dice que su equipo maneja los casos de otras mujeres que dicen que el talco es el causante directo o asociado a otras causas, del cáncer que padecen.
El talco es un mineral natural compuesto de magnesio, silicona, oxígeno e hidrógeno. Se usa ampliamente en cosméticos y productos de cuidado personal.
Un "factor contributivo"
Durante el juicio, otro de los abogados de la acusación, Allen Smith, mostró al jurado estudios realizados por Daniel Cramer, profesor de la Universidad de Harvard, el último de los cuales fue publicado en diciembre.

En ese estudio se concluía que el talco está asociado con un aumento del 33% en el riesgo de cáncer de ovarios.
"La empresa conocía todos estos estudios, desde hace 30 o 40 años", le dijo Smith al jurado.
La familia no mantuvo que el talco fue la única causa del cáncer, sino que fue un "factor contributivo", dijo Smith, según un reporte publicado por Bloomberg. Pero uno de los abogados de la empresa, Gene Williams, argumentó que varias agencias gubernamentales de Estados Unidos rechazaron la obligación de poner etiquetas de advertencia sanitaria en productos que incluyen talco.
La FDA celebró una audiencia de dos días sobre el tema en la década de 1990 y no encontró un vínculo entre el talco y el cáncer de ovarios, mantuvo.
Sin embargo, Beasley dice que la FDA "nunca ha dicho que el talco sea seguro".
Lo que ocurre es que la regulación de los productos cosméticos es muy laxa y no entran dentro del ámbito de estudio de la agencia, mantiene. Es la primera vez que un jurado de Estados Unidos decide acordar el cobro de daños y perjuicios por una denuncia sobre los posibles efectos perjudiciales del talco.
Un tribunal de Dakota del Sur falló contra la empresa en un juicio previo, pero no acordó ninguna indemnización.
Pero en Estados Unidos hay un millar de casos pendientes sobre la misma cuestión y, tras este veredicto, podrían presentarse miles más.
El caso de Fox es uno de varias decenas de mujeres que pusieron una denuncia contra la empresa en los tribunales de St. Louis en 2014 y fue seleccionado el primero para ir a juicio.

"Este caso es pionero y claramente el jurado ha visto las pruebas y las ha encontrado convincentes", dijo la profesora de Derecho de la Universidad de Stanford, Nora Freeman Engstrom. "El jurado se consternó ante el comportamiento de la compañía", añadió.
Aunque dijo que es probable que la indemnización final sea menor tras el proceso de apelación.
"Riesgo pequeño"

Algunas organizaciones especializadas mantienen que el vínculo entre el talco y el cáncer de ovarios no ha sido probado científicamente.

La Agencia Internacional de Investigación sobre Cáncer clasifica el talco utilizado sobre la zona genital como "posible carcinógeno" debido a la evidencia mixta.
La organización de apoyo a la investigación contra el cáncer de Reino Unido, Cancer Research, cree que la evidencia de un vínculo entre el uso del talco y el cáncer de ovarios es "todavía incierta".

"Incluso si hay un riesgo, es probable que sea bastante pequeño", mantiene la organización.
Otra organización británica centrada en cáncer de ovarios, Ovacome, explica que las causas de esta enfermedad todavía se desconocen, pero son probablemente una "combinación de muchos factores genéticos y ambientales, no de uno solo como el talco".
Ovacome dice que en 2003, los resultados de 16 estudios con 12.000 mujeres mostraron que usar talco aumenta el riesgo de sufrir cáncer de ovario alrededor de un tercio, y que una revisión de estudios hechos en Estados Unidos con 18.000 mujeres obtuvo resultados similares para el uso genital, no general, de polvos de talco.

Sin embargo, explica que este tipos de estudios pueden "tener sesgos" y que persisten dudas sobre los resultados.
"Un estudio grande y bien diseñado en Estados Unidos en 2000, con 80.000 mujeres, no encontró un vínculo entre el talco y el riesgo de cáncer de ovario", afirma en un documento sobre el tema.
La organización argumentó que incluso si el uso de talco aumenta en un tercio el riesgo de cáncer de ovarios, "para ponerlo en contexto, fumar y beber aumenta el riesgo de cáncer de esófago unas 30 veces".

"El cáncer de ovario es una enfermedad rara, y un aumento de un tercio de un riesgo pequeño da un riesgo general pequeño".

Fuente: BBCmundo

viernes, 26 de febrero de 2016

Insólita sentencia: "Son los padres encargados de medicamentos de niños"

El 11 de febrero de 2016, el Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes negó una solicitud de medida preventiva anticipada por el desabastecimiento de medicamentos esenciales para niños y niñas. Este tribunal se retrasó 17 días para finalmente negar la solicitud realizada por CECODAP, una ONG dedicada a la protección, promoción y defensa de los derechos humanos de la niñez y adolescencia.

La ONG introdujo la medida preventiva el pasado 25 de enero debido a la escasez de fármacos que se está dando en todo el territorio nacional y que también ha afectado a los infantes. Esta medida busca garantizar el acceso a medicamentos esenciales para todos los niños, niñas y adolescentes, que, de acuerdo con la Ley de Medicamentos, son básicos, indispensables e imprescindibles, y deben ser asequibles en todo momento y en dosis apropiadas para todos los segmentos de la población.


Es importante destacar que el Listado Nacional de Medicamentos Esenciales (LNME), contenido en la resolución Nº 587 del Ministerio del Poder Popular para la Salud, publicada en Gaceta Oficial Nº 40.782 del 5 de noviembre de 2015, es de uso obligatorio en todos los servicios de salud dependientes del Estado, por lo que es su obligación garantizar el abastecimiento, distribución y acceso de esos medicamentos esenciales a todos los niños, niñas y adolescentes.

En su decisión, el tribunal argumentó que negó esta medida preventiva “por no haber pruebas suficientes sobre la escasez de medicamentos” en el país. En su sentencia, este tribunal incluso obvia las declaraciones que hizo el pasado 29 de enero la ministra para la salud, Luisana Melo, quien admitió que había escasez de medicamentos en el país: “efectivamente existe desabastecimiento de medicamentos, pero se nota y se siente tanto porque en el 25% de medicinas que es de alta rotación y de alto consumo hay más déficit, por esto la población lo siente y está ocurriendo, es una situación que no la podemos negar”.

Por otra parte, el propio Presidente de la República, en el decreto de Emergencia Económica, hace expresa referencia a las dificultades en el acceso de bienes y servicios esenciales en detrimento del derecho constitucional a la salud y a la alimentación.

“La sentencia indica que CECODAP solo se limitó a mencionar algunos casos médicos que reflejan una supuesta escasez de medicamentos y no acompañó documentación alguna que sustentara fehacientemente un desabastecimiento de medicamentos. La sentencia también insinúa que, en función de la corresponsabilidad de la sociedad civil con el Estado, las familias son quienes tienen el deber de suministrar medicinas a sus niños y niñas”, explicó la organización Acceso a la Justicia.

En el mismo texto, Acceso a la Justicia calificó la sentencia como un “importante retroceso en materia de protección de niños y niñas” y añadió que “un niño, niña o adolescente no se puede ver limitado o restringido por las carencias o limitaciones injustificadas en la dotación de medicamentos y es una responsabilidad ineludible del Poder Judicial garantizar el cumplimiento de este derecho y exigirle al Poder Ejecutivo que cumpla con sus obligaciones. El Poder Judicial no puede anteponer el poder a los derechos de los ciudadanos, y menos aún los derechos de los niños y niñas, y su salud”.

CECODAP introdujo este miércoles 24 de febrero una apelación de esta sentencia, tras 12 días en los cuales no hubo despacho por parte del tribunal. “Ahora resta esperar que venza el lapso de la apelación, que es de cinco días, para que la Corte Superior reciba el expediente y fije una audiencia que se celebrará entre los 10 y 20 días siguientes a la fecha de recepción de dicho expediente. Es decir, el próximo pronunciamiento de este tribunal sobre la apelación de la ONG se dará, aproximadamente, dentro de un mes”, afirmó Laura Louza, quien pertenece a la organización Acceso a la Justicia.

domingo, 21 de febrero de 2016

Información preocupante: Embajadores de la Unión Europea advierten que Venezuela no puede con el Zika

Los embajadores de los países de la Unión Europea en Caracas, entre ellos el español, han suscrito un informe en el que afirman que Venezuela vive una situación «crítica» en su sector sanitario y no se encuentra preparada para hacer frente a una epidemia del virus Zika a gran escala.

El informe, que comienza señalando que Venezuela camina hacia la crisis más profunda política, económica, social y de seguridad de su reciente historia, se detiene en analizar la situación sanitaria y pone de relieve la «seria escasez de medicinas y de suministros médicos», así como el deterioro de la infraestructura.
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Algunos países vecinos, como Colombia o Brasil, temen que, si Venezuela no es capaz de combatir el virus, se extienda a sus territorios.

En concreto, el informe alude a la falta de medicinas básicas en numerosas farmacias y señala que ello está favoreciendo la importación de medicinas falsificadas o caducadas, lo que representa un peligro añadido para la salud.

En ese contexto, el informe, elaborado tras reuniones con expertos de la organizaciones no gubernamentales Codevida, Acción Solidaria y Provea, se detiene en el peligro de extensión del virus Zika en Venezuela, que preocupa de manera especial –dice– a países vecinos, como Brasil o Colombia.

Los embajadores aseguran que Venezuela no está preparada en absoluto para combatir una epidemia del Zika a gran escala.

Dificultades de detección

Añaden los diplomáticos que, en el contexto actual, es difícil hacer estimaciones claras sobre el número de afectado por el virus que hay en el país y dicen que, aunque las autoridades sanitarias admiten 4.000 casos reconocidos por el laboratorio nacional responsable de la detección, hay que tener en cuenta que debido a la escasez de reactivos, la capacidad de trabajo del centro es muy limitada. Los epidemiólogos y las ONG calculan que podría haber unos 400.000 casos de Zika en Venezuela.

Indica el documento más adelante que, si bien la Asamblea Nacional venezolana, controlada por los partidos de la oposición ha declarado la situación de «crisis de salud humanitaria», el Gobierno de Nicolás Maduro, permanece en un «estado de no reconocimiento» de esa crisis y asegura que todo va bien el sector de la salud. Los embajadores creen que admitir lo contrario, sería aceptar que la revolución bolivariana está fallando.

El Gobierno de Maduro no admite la presencia de una epidemia y habla de entre 4.000 y 5.000 casos, frente a los 400.000 que afirman las ONG, existen.

El pasado día 18 de febrero, en uno de sus discurso, Maduro se refirió al Zika y dijo que, en 72 horas, se habían importado medicinas contra el virus «para todos», algo que ha sido cuestionado por los opositores, que consideran que eso no es cierto para los 400.000 casos que se estima existen, sino, a lo sumo, para los reconocidos oficialmente por el Gobierno. Recientemente, la ministro de Salud admitió solo 4.700 casos y el propio Maduro dijo que había «5.221 casos sospechosos, de los cuales 68 personas han tenido complicaciones y están en cuidados intensivos». Al no admitir la existencia de una epidemia, las autoridades bolivarianas no han desplegado campañas de prevención o información sobre la enfermedad y, aunque llevan a cabo algunas fumigaciones para eliminar al mosquito vector del Zika y otras enfermedades, son pocas y erráticas.

Acusaciones de propaganda

Por el contrario, como hace con frecuencia, el Gobierno de Maduro insiste en que las denuncias sobre la existencia de epidemias y crisis sanitaria son parte de la guerra no convencional de la propaganda contrarrevolucionaria interna e internacional.

El informe de los embajadores europeos pone de relieve que algunos elementos hacen más difícil combatir la crítica situación de la sanidad en Venezuela. Entre ellos, cita la fragmentación del sistema público de salud, sin una autoridad central a nivel nacional, lo que dificulta también la distribución de medicinas.

Destaca además el hecho de que al menos 6.700 médicos de diferentes especialidades (el 20 por ciento de los del sistema público de salud), hayan abandonado el país, al tiempo que hay un déficit de enfermeros del 60 por ciento.

A la vista de estas carencias, el informe propone que se considere la posibilidad de facilitar ayuda a Venezuela, entre otras cosas, con el envío y distribución dentro del país de material sanitario y de medicamentos.

Fuenteabc.es

miércoles, 17 de febrero de 2016

Opioides en el dolor crónico: Formar para adecuar

“En las últimas décadas se ha observado en EEUU un importante aumento en la prescripción de opioides para el dolor crónico. Este hecho se ha asociado con un mal uso de los mismos, dando lugar a un aumento de muertes por sobredosis y a un incremento en el número de pacientes que buscan estos tratamientos cuando no están indicados.”
Imagen tomada de Internet
Así empieza este artículo publicado en el NEJM, en donde su autor afirma que probablemente el 100% de nosotros, como profesionales y como sociedad, estaríamos de acuerdo en que el tratamiento del dolor crónico se está centrando demasiado en la prescripción de opioides, siendo que el papel de esta terapia a largo plazo sigue siendo controvertido, y se desconoce la mejor estrategia para acabar con la epidemia de su mal uso.
Algunos grupos de profesionales en EEUU plantean establecer normativas más estrictas que limiten la disponibilidad de los opioides para así racionalizar su uso. Esta estrategia, reduciría claramente su prescripción, pero también limitaría el acceso a los pacientes que se benefician o podrían beneficiarse de estos fármacos.
“Los médicos disponen de escasas herramientas a su disposición para ayudar a estos pacientes, salvo únicamente la utilización de medicamentos, ya que no tienen fácil acceso a las terapias no farmacológicas. Por otra parte, mientras que en otras enfermedades crónicas los médicos pueden utilizar medidas objetivas para orientar su gestión, aquí deben confiar solamente en el informe del paciente (o su familia) sobre los beneficios (como la mejora de la función) o los daños (tales como la pérdida de control) del tratamiento”.
Sabemos que el manejo del dolor crónico es complejo. El dolor crónico es subjetivo, puede presentarse sin evidencia de lesión de algún órgano o tejido, por lo que da lugar a incertidumbres en el diagnóstico, a pesar de que se realicen evaluaciones completas. Los pacientes con dolor crónico buscan desesperadamente un alivio inmediato de su sufrimiento. Tienden a tener expectativas poco realistas sobre los beneficios potenciales de los opioides y no aprecian riesgo cuando escalan sus propias dosis en un intento desesperado (e inútil) para obtener alivio del dolor.
La formación del médico prescriptor es el enfoque más acertado para hacer frente al mal uso de los opioides, lo que además permite que se individualice la atención sobre las necesidades del paciente después de una evaluación beneficio-riesgo. Después de todo, es la manera en que se manejan todas las enfermedades crónicas. La educación puede capacitar a los médicos a tomar decisiones apropiadas y bien informadas acerca de si se debe iniciar, continuar, modificar o suspender el tratamiento con opioides para cada paciente. La educación tiene la capacidad tanto de reducir la prescripción excesiva como de asegurar que los pacientes que lo necesitan conservarán su prescripción.
Por todo ello, la FDA implantó en julio de 2012 una iniciativa nacional de formación voluntaria “Evaluación de Riesgos compartidos y Estrategia de Mitigación (REMS)” donde los fabricantes de opioides mayores financiaban la formación sobre su prescripción segura. Este plan formativo integra todas las etapas de médico (pregrado, postgrado y continua), ya que la formación en esta área ha sido históricamente deficiente.
Esta formación incluye el manejo integral del dolor de forma multidisciplinar, implicando además a enfermería, farmacéuticos y el equipo de salud mental.  Además, el contenido del plan formativo se puede acoplar a las herramientas de soporte de decisiones en la historia clínica electrónica.
Dado que la crisis de la “mala prescripción” de opioides está alcanzando niveles de considerarse una prioridad nacional, el autor plantea que quizás no sea suficiente el abordarlo mediante esta formación voluntaria, sino que quizás deberían publicar un mandato o norma que obligase a formarse y reciclarse para poder prescribir opiodes.
El autor termina realizando una reflexión: “Creo que la profesión médica es lo suficientemente compasiva y lo suficientemente brillante como para aprender a prescribir opioides de manera que maximice los beneficios y minimice los riesgos. Aunque el manejo del dolor crónico es complicado y requiere mucho tiempo, debemos garantizar a nuestros pacientes el acceso a la gestión integral del dolor, incluyendo el uso apropiado de medicamentos opioides”.
Y en nuestro medio, ¿cómo lo estamos haciendo? Pues seguramente también podemos mejorar. El estudio de utilización de opioides en España, publicado por la AEMPS, sólo abarca datos hasta el año 2006, pero en él ya se detalla el impacto que tanto la orden Ministerial de 25 de abril de 1994 (sobre prescripción y dispensación de ciertos opiodes) y la oferta de fármacos y sus diferentes vías de administración han tenido en cuanto a datos de consumo y perfil de utilización.
Recientes datos CCAA reflejan un aumento importante del consumo de opioides en los últimos 10 años,  siendo la vía transdérmica, con gran diferencia, la más utilizada y dentro de la vía oral, el aumento en el consumo se debe a la prescripción de los opioides más nuevos del grupo.
El año pasado, el Ministerio de Sanidad junto con el Instituto para el Uso Seguro de los Medicamentos de Salamanca, publicaron un documento de consenso sobre prácticas para el manejo seguro de opioides en pacientes con dolor crónico. Sus recomendaciones contemplan todos los procesos críticos del uso de los analgésicos opioides y consideran las principales causas asociadas a los errores detectados habitualmente en el curso de su utilización.
Incluyen prácticas dirigidas a las instituciones sanitarias, a los profesionales y a los pacientes o cuidadores, lo que subraya la necesidad de que todos los agentes implicados aborden su papel para garantizar un uso seguro de estos medicamentos. 
Fuente: Hemosleido

martes, 16 de febrero de 2016

Registro civil: ¿Por qué es importante contabilizar los nacimientos y las defunciones?

Los países necesitan saber cuántas personas nacen y mueren cada año –y las principales causas de defunción– para que sus sistemas de salud funcionen como es debido. La única manera de contabilizar a todos y hacer un seguimiento de los nacimientos y defunciones es el registro civil. El registro civil proporciona la base para la identidad jurídica de cada persona, pero también permite a los países identificar sus problemas sanitarios más acuciantes.

La OMS recibe estadísticas sobre las causas de defunción únicamente de alrederor de un centenar de sus Estados Miembros. A nivel mundial, dos tercios (38 millones) de los 56 millones de defunciones anuales no se registran. Y, cada año, cerca de la mitad de los nacimientos que se producen en todo el mundo quedan sin registrar.

Cuando no se contabilizan las defunciones y no se documentan sus causas, los gobiernos no pueden diseñar políticas eficaces de salud pública ni medir su impacto. Todos los países desarrollados tienen registro civil, y los países en desarrollo lo necesitan.

La información sobre los nacimientos y las defunciones por edades, sexos y causas es la piedra angular de la planificación de la salud pública. El Registro civil es la vía por la cual los países guardan un continuo y completo control de los nacimientos, muertes y estado marital de su población.

¿Cómo se define el registro civil?
Imagen tomada de Internet

El registro civil es la manera que tienen los países de mantener un registro continuo y completo de los nacimientos, las defunciones y el estado civil de su población.

En Venezuela, el Registro Civil es un Servicio Público esencial, mediante el cual se materializa el derecho constitucional a la identidad de todas las personas, a través de la inscripción del nacimiento, la defunción y los demás actos y hechos que modifican o extinguen su estado civil. Ello les confiere eficacia y pleno valor probatorio a todas las actuaciones y declaraciones contenidas en sus archivos. La actividad del registro civil es de carácter regular, continua, ininterrumpida, orientada al servicio de las personas y la prestación del servicio es gratuita.

¿Por qué le interesa a la OMS el registro civil?

Para organismos de salud como la OMS, los sistemas de registro civil son la fuente más fiable de estadísticas sobre nacimientos, defunciones y las causas de éstas.

Los países que no tienen sistemas de registro civil que funcionen como es debido sólo tienen una idea aproximada del tamaño, la longevidad y la salud de su población.

Otras ventajas

El registro civil aporta numerosas ventajas. El derecho de las personas a estar registradas en ambos extremos de la vida es fundamental para la inclusión social. Cuando no hay seguro o herencia, el registro y el certificado de defunción suelen ser requisitos previos necesarios para el entierro, así como para contraer nuevo matrimonio o resolver causas penales.

Existen riesgos relacionados con el registro civil. La información que proporciona se puede utilizar para discriminar a ciertos grupos, si bien hay formas de diseñar sistemas que disminuyan esos riesgos.

Obstáculos al registro civil

Son muchos los obstáculos que impiden el registro de nacimientos y defunciones. Muchos países carecen de las leyes o la infraestructura necesarias para hacer obligatorio el registro. En algunos de ellos, tan sólo las personas que viven en las ciudades tienen acceso a los servicios de registro.

Medidas provisionales para los países de bajos ingresos

Lleva años establecer sistemas de registro civil que funcionen como es debido, aunque hay medidas provisionales que los países pueden utilizar para recoger información.

Se puede recurrir a los censos y las encuestas para estimar el tamaño de la población, pero esas herramientas no facilitan información sobre las causas de defunción. Los registros por muestras, que consisten en hacer un seguimiento de una pequeña parte de la población, también se pueden utilizar a falta de un registro civil plenamente desarrollado. Ese sistema existe en China y en la India.

Se recomienda recurrir a los cuestionarios normalizados de la OMS sobre autopsias verbales para mejorar la comparabilidad de las causas de defunción en el marco de los sistemas que carecen de certificado médico de defunción.

Lo que hemos aprendido

En países como Francia y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte han tenido que pasar más de tres siglos para que los sistemas de registro civil evolucionaran a partir de los registros eclesiásticos. Los organismos de las Naciones Unidas han elaborado normas y directrices internacionales para establecer sistemas de registro civil. Es posible establecer un sistema funcional en unos cuantos decenios, como muestran las experiencias de Jordania, Malasia, Sudáfrica, Sri Lanka y Tailandia.

Papel de las Naciones Unidas

No hay un único organismo del sistema de la Naciones Unidas que sea responsable de ayudar a los países a establecer y gestionar el registro civil. Sin embargo, la División de Estadística de las Naciones Unidas (UNSD), el Fondo de la Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), el Fondo de Población de las Naciones Unidas (FNUAP) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) trabajan con los países en desarrollo para mejorar diferentes aspectos de sus estadísticas de población.

La OMS y su Red de Sanimetría asociada se centran en mejorar los sistemas de información sanitaria y en la capacidad de los países para hacer un seguimiento de las principales causas de defunción.

En una reunión mundial sobre el fortalecimiento de los sistemas de registro civil y estadísticas demográficas, celebrada en diciembre de 2013, se examinó la función del sector sanitario en el mejoramiento de esos sistemas y se identificaron principios y prácticas que contribuyen a ampliar el fortalecimiento de los sistemas de registro civil y estadísticas demográficas.

La reunión reconoció el impulso global existente para mejorar los sistemas de registro civil y estadísticas demográficas, e identificó medios por los que los sectores sanitarios podrían promover las mejoras.

Fuente: OMS

sábado, 13 de febrero de 2016

Equilibrio sodio-potasio en la regulación de la hipertensión arterial

La hipertensión arterial esencial es considerada como la principal causa de muerte por la OMS. La cuarta parte de la población mayor de 15 años es hipertensa, lo que representa aproximadamente un billón de personas, que tendrán un importante aumento en el año 2025, cercano al 60%. Su prevalencia aumenta en proporción lineal con el aumento de edad. Es responsable del 62% de los accidentes vasculares cerebrales y del 48% de los infartos del miocardio. En tal sentido, una reducción de tan solo 2 mmHg de presión arterial, disminuye en aproximadamente un 7% el accidente vascular cerebral y en un 5% el infarto agudo del miocardio, por lo que si estas reducciones se proyectaran a la población general, se traducen en beneficios importantes.

Desafortunadamente, los niveles de detección, tratamiento y control efectivo de la hipertensión arterial, son deficientes a nivel de Chile y del mundo, por lo que es aún un problema de salud pública no resuelto y que necesita urgente atención.

Su aparición es la consecuencia de factores genéticos y principalmente de estilos de vida inadecuados, que inducen alteraciones neurohormonales de gran complejidad, responsables de inflamación y estrés oxidativo que producen lentos y progresivos cambios estructurales y funcionales llamados remodelación cardiovascular, caracterizada por disfunción endotelial, fenómenos de rarefacción capilar, hipertrofia arteriolar, progresiva rigidez de grandes arterias, fibrosis, apoptosis e hipertrofias miocárdicas.

La reciente Encuesta Nacional Ministerial de Salud 2009-2010 de Chile, que abarcó a más de 5000 personas mayores de 15 años, reveló una prevalencia de hipertensión arterial nacional de un 26,9%, con un 65% de conocimiento de su existencia, 37,6% en tratamiento y sólo un 16,49% de control satisfactorio, mostrando en los hombres niveles significativamente deficientes de 55,15% diagnosticados; 25,78% en tratamiento y sólo 8,71% con control satisfactorio. Además, dicha encuesta revela marcadores de estilos de vida poco saludables, que permiten comprender la pandemia nacional de hipertensión arterial, a través de la existencia de múltiples factores de riesgo para ella, como son: elevadísimos niveles de sobrepeso y obesidad, sedentarismo, tabaquismo, ingesta exagerada de alcohol, consumo excesivo de sal (9,8%), deficiente ingesta de frutas y verduras (sólo un 15% presenta una ingesta recomendada de 5 porciones diarias) y déficit en aporte diario de potasio (2,7 gramos), correspondiendo los valores recomendables de consumo de potasio de 4,7 gramos.

En esta revisión nos focalizamos especialmente en la importancia de la relación sodio-potasio en la regulación de la presión arterial, llamando extremadamente la atención que todos los estudios destacan la importancia que tiene el sodio en la génesis de la hipertensión arterial por sus efectos presores, particularmente en sujetos sensibles, y poco o nada se manifieste de las variadas acciones benéficas que posee el potasio en la regulación de la presión arterial.


El sodio, principal catión extracelular, ha sido siempre considerado esencial en la aparición y mantención de la hipertensión arterial. Numerosos estudios observacionales, intervencionales y experimentales en animales y humanos, lo han demostrado categóricamente1,2. Su contraparte, el potasio, principal catión intracelular, ha sido subestimado en la patogenia de la hipertensión arterial. Sin embargo, numerosas evidencias recientes indican que el déficit de potasio tiene un rol crítico en la hipertensión arterial y en sus trastornos estructurales3,4. Examinaremos la importancia de la interdependencia del sodio y el potasio en sus efectos estructurales y metabólicos. El análisis de las acciones aisladas de estos cationes no reflejan la trascendencia desus efectos recíprocos.

Balance del potasio

Como se mencionó, el potasio es el principal catión intracelular, donde alcanza concentraciones cercanas a 150 mEq/L, presentando una concentración en el plasma entre 3,5 a 5 mEq/L. Por lo tanto, la cantidad de K+ en el líquido extracelular es de entre 30 a 70 m Eql/L, representando un 2% del potasio corporal total (2.500 a 4.500 mEq). El cociente de la concentración de potasio entre el intra y extra celular es de 38:1, que se mantiene gracias al potencial de membrana en reposo y resulta esencial para la normalidad de la función neuromuscular. La bomba basolateral de ATPasa de Na+ y K+ transporta activamente al K+ al interior de la célula y al Na+ fuera de ella, en una proporción de 2:3, y la difusión pasiva del K+ hacia afuera es el factor cuantitativamente más importante para generar el potencial de membrana en reposo.

La actividad electrógena de la bomba de ATPasa de Na+ y K+ se puede estimular aumentando la concentración de Na+ intracelular y se puede inhibir cuando se induce intoxicación digitálica o en presencia de enfermedades crónicas, como la insuficiencia cardíaca o renal. Recordemos que la bomba ATPasa de Na+ y K+ tiene la capacidad de unirse a la uabaina endógena (UE), sustancia de efecto digitálico, y por lo tanto inhibidor de dicha bomba. Se ha observado que dicha sustancia se encuentra elevada en un 45% de los pacientes con hipertensión arterial. La relación de la UE con el balance de sodio es complejo, así en normotensos se suprime la elevación de UE generada por la elevada ingesta de sal, evitando el efecto presor. En hipertensos con elevada UE con ingesta normal de sodio, se observa que tienen hipertensión arterial por una inadecuada modulación de la síntesis de UE o falla en su depuración5. En los pacientes hipertensos con elevación de la UE se produce un aumento significativo del tono arteriolar. Seguir leyendo...

Fuente:Medwave

Autores: Luis Hernán Zárate Méndez, Alex Valenzuela Montero