sábado, 5 de noviembre de 2011

Hacia un diplomado en Derecho farmacéutico

El concepto del Derecho Farmacéutico es de reciente aparición y surge por la estrecha vinculación entre el derecho a la información terapéutica de los ciudadanos y las decisiones que en materia de salud deseen optar, con vista a los principios éticos, de autonomía de la voluntad y del consentimiento informado.

El Derecho farmacéutico se define como el conjunto de normas o disposiciones que, directa o indirectamente, regulan la actividad farmacéutica. Esta definición contrasta con la de Legislación farmacéutica, por ello, en este curso ahondaremos en sus diferencias. En principio establecemos que el Derecho farmacéutico forma parte del Derecho sanitario y aquél a su vez, es fuente de la Legislación farmacéutica. Así, el Derecho farmacéutico constituye el género ya que aporta planes, fija políticas, esquemas y procedimientos, en tanto que la Legislación Farmacéutica constituye la especie, siendo así, el instrumento que permite aplicar los preceptos del Derecho farmacéutico.

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¿Por qué surge entonces, la necesidad de un Derecho especial que denominamos Derecho farmacéutico? Porque el Derecho  farmacéutico nace como entidad autónoma debido a las características del elemento que regula: el medicamento. Luego, por la propia naturaleza de carácter público atribuida al medicamento como elemento fundamental en la salud y vida de la población, corresponde al  Estado intervenir para salvaguardar, regular y encauzar su correcto uso en el cumplimiento del fin al que está destinado, que no es otro que la Salud Pública.

La participación activa del farmacéutico en labores propias de su profesión, (Ley de Ejercicio de la Farmacia, Art. 1°; Ley de Colegiación Farmacéutica, Art. 2°; y Código de Ética y Moral Farmacéutica), le imponen deberes constitucionales, legales y reglamentarios, y un patrón de conducta ética y moral en la atención al paciente, que lo obligan a que, cooperando con otros profesionales de la salud, propicie la mejora en la salud y calidad de vida del paciente. 

En ocasiones, el farmacéutico desconoce el alcance del  ejercicio profesional, ya que la normativa que lo regula se encuentra dispersa en diversos instrumentos, sus disposiciones son ambiguas o confusas o la interpretación normativa queda a la discrecionalidad del funcionario oficial de turno, lo que complica las tareas a realizar, haciendo incurrir  al profesional en incumplimiento o en desacato.

El concepto de participación activa involucra todas las tareas para la consecución del fin constitucional y legal de preservar la salud y vida de la población. Para ello, se impone la práctica de la Farmacovigilancia, que permite la detección, recolección, registro y evaluación de reacciones adversas e interacciones de medicamentos; con la finalidad de determinar posible causalidad, frecuencia de aparición y gravedad, para así poder establecer las medidas preventivas que aseguren el uso racional de los medicamentos. Por ello, los artículos 31 y 32 de la Ley de Medicamentos se refieren a la Farmacovigilancia como …los programas concernientes a la vigilancia permanente de los efectos adversos que puedan producir los medicamentos, procesar todas las denuncias correspondientes a esta materia y tomar las acciones necesarias para salvaguardar la salud pública (Art. 31) y … la obligación de los profesionales de salud y fabricantes de medicamentos de informar a los organismos responsables de la Farmacovigilancia, la evidencia de los efectos secundarios o dañinos e interacciones causados por los medicamentos (Art. 32). Se encuentra en proceso de publicación por parte de las autoridades sanitarias, MPPS, las Buenas Prácticas de Farmacovigilancia para la Industria Farmacéutica en Venezuela.

La Atención Farmacéutica está íntimamente relacionada con la buena praxis profesional, y a su vez, con el concepto de responsabilidad profesional, de la cual derivan consecuencias civiles y penales para el farmacéutico por la producción de  lesiones o aún la muerte del paciente. Cuando el farmacéutico desatiende las tareas propias de su ejercicio y se causan daños a la población, debe asumir las responsabilidades por su acción u omisión. Por último, queda la revisión de los delitos de peligro abstracto, concepto moderno referido a la posibilidad de que los medicamentos produzcan efectos nocivos o adversos, o simplemente no ejerzan actividad farmacológica alguna. También aquí emerge la responsabilidad profesional farmacéutica ya que el profesional, debido a su relación con la terapéutica y los resultados previsibles que con ella se pueden obtener (Farmacovigilancia), debe detectar, evaluar y corregir los problemas relacionados con los medicamentos.

Finalidad

El Diplomado en Derecho Farmacéutico tiene por finalidad desarrollar y fortalecer en  los farmacéuticos,  los conceptos éticos, jurídicos y morales, que les permitan ejercer sus actividades de forma segura para que en su práctica profesional, se resguarden  los derechos a la vida y salud de la población.

Objetivos generales

Al finalizar el diplomado, el participante estará en capacidad de reconocer, revisar, seleccionar  y aplicar los conceptos propios del  Derecho farmacéutico, de sus normas afines o conexas, y los demás instrumentos normativos para resolver situaciones que pudieran presentarse en el diario devenir del ejercicio farmacéutico.

Objetivos específicos

Al finalizar el diplomado, el participante estará en capacidad de:
  • Obtener conocimientos y herramientas para llevar a cabo evaluaciones de las situaciones de hecho y derecho para un buen desenvolvimiento de su  tarea, o aplicar los correctivos necesarios en la gestión y desarrollo de proyectos en farmacia asistencial.
  • Adquirir los conocimientos y herramientas que le permitan desarrollar programa de calidad en la prestación del servicio farmacéutico  Farmacia Asistencial.
  • Elaborar normas y protocolos e indicadores de actividad.
  • Alcanzar los conocimientos y herramientas que le permitan la eficiente selección de personal y manejo del recurso humano.
  • Diseñar e Implementar herramientas que le permitan desarrollar programas de atención farmacéutica, Farmacovigilancia.
  • Ejercer el seguimiento Farmacoterapéutico de los pacientes, a través de los medios más adecuados (Historia clínica farmacéutica y récipe electrónico).
Dirigido a

El Diplomado está dirigido a los profesionales farmacéuticos, que se desempeñan en las diversas ramas del ejercicio profesional y puede ser dictado por el calificado personal de AVEDEFAR, a las instituciones que nos lo soliciten.

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