martes, 29 de noviembre de 2011

Consultas gratuitas de Atención Primaria en las Farmacias de la Comunidad de León, España ¿Un ejemplo a seguir en Venezuela?

Las farmacias leonesas son un ‘colchón’ que frena la presión asistencial de las consultas de Atención Primaria. Así se desprende del estudio de la Universidad de Santiago de Compostela que ha estimado que la atención farmacéutica gratuita que prestan las 322 oficinas de farmacia de la provincia ahorra un millón de consultas médicas al año. El estudio se ha centrado, en una primera parte, en la variable de proximidad a la farmacia, y el uso que los pacientes hacen de los servicios médicos de Atención Primaria.

Tras una encuesta realizada entre 600 pacientes elegidos de forma aleatoria en 30 farmacias se ha concluido que las personas que tienen la farmacia cerca, acuden en promedio 6,5 veces al año al médico y las que la tienen lejos declararon visitarlas unas 10,4 veces al año. «De estos datos se desprende que las personas que tienen la farmacia más lejos acuden un 56% veces más al médico que las personas que tienen la farmacia cerca», apunta el director del estudio, Francisco Caamaño, profesor de Medicina Preventiva y Salud Pública.

Se trata del primer estudio de estas características que se realiza en España mediante un convenio con el Colegio Oficial de Farmacéuticos. A las personas encuestadas se les preguntó por la distancia a la que tienen la oficina de farmacia de referencia, el número visitas médicas anuales y los medicamentos que compraban en la farmacia.

El estudio también ha evaluado el impacto económico de la atención farmacéutica que se presta de manera gratuita en las boticas. «Esta cifra por sí sola ya es impactante, pero si tenemos en cuenta que cada consulta tiene un coste de 40 euros, se está ahorrando en los servicios de Atención Primaria unos 40 millones de euros», precisa Caamaño.

León tiene unos tres millones de consultas médicas del año, dato del que se desprende que si todas las consultas que se evitan con los servicios prestados por la farmacia se trasladaran a los centros de salud la presión asistencial aumentaría el 35%.

La cercanía de las farmacias es uno de los factores que más incidencia tiene en el ahorro de consultas. En este sentido, uno de los datos más reveladores del estudio es que la proporción de frecuentadores de las consultas médicas se multiplica por cinco en el caso de las personas encuestadas que tienen la farmacia a más de diez minutos de su casa.

Actualmente hay un 11% de pacientes que acuden con mucha frecuencia a las farmacias y con el modelo de farmacia de la provincia de León —hay una farmacia por cada 1.500 habitantes— «se evita que este esquema se duplique y pase al 24,7%», apunta el director del estudio.

La investigación pone de relieve que en una de cada diez visitas a la farmacia no se produce dispensación, «hay consejo farmacéutico», explica Francisco Caamaño. Los usuarios de menor edad, en concreto la franja entre 18 y 40 años, son los que más consejo demandan sin compra de medicamentos.

«Esto es algo normal porque los pacientes jóvenes, por regla general, consumen menos medicamentos mientras que el paciente de más edad tiene más enfermedades», precisa.

También considera muy significativo el hecho de que sean las farmacias más pequeñas las que tienen mayor proporción de consultas sin compra de medicamentos. A este aspecto, Francisco Caamaño recuerda que «las consultas que se realizan sin dispensación es un trabajo que las farmacias no cobran específicamente».

En cuanto al grado de satisfacción por la atención farmacéutica el estudio desvela que los usuarios más satisfechos se encuentran entre las personas de mayor edad, son atendidas frecuentemente en farmacias de tamaño medio y en poblaciones pequeñas.

«La farmacia es uno de los servicios más valorados de cualquier población y este estudio saca a relucir otra línea de ahorro para el Sacyl, que se suma a iniciativas de colaboración como la adherencia al tratamiento», recalca el presidente del Colegio Oficial de Farmacéuticos de León, Antonio Carrasco.

Desde el sector que representa a las farmacias leonesas se reconoce el avance que ha supuesto la medida de la Junta de apoyar a las farmacias con más dificultades para cuadrar sus cuentas que son las ubicadas en el medio rural.

Carrasco subraya también que «no estamos en el mejor momento para pedir» en relación a posibles compensaciones por los servicios sanitarios que presta la farmacia de forma gratuita. No obstante, apunta que «lo más importante de este estudio es que demuestra que hay otras formas de ahorro que evitan consultas médicas y que hasta ahora no contemplan las autoridades sanitarias».

En este sentido, aboga para que la administración «no sólo busque resultados inmediatos» atosigada por la situación de crisis económica.

Según el estudio realizado por la Universidad de Santiago de Compostela, en la provincia de León por término medio el 70% de las farmacias están cerca de la población usuaria, mientras que tan sólo el 30% están lejos.

Este estudio avala «el actual criterio de distribución de las farmacias en la provincia de León», añade Francisco Caamaño. La atención se considera garantizada con la ratio de 1.500 habitantes por cada farmacia y, de modo especial, por la prestación que se realiza en los pueblos.

En concreto, treinta farmacias leonesas están obligadas, por ley, a realizar guardias nocturnas una semana al mes y hasta se da el caso, único en la Comunidad, de una farmacia, la de Truchas, que está de guardia las 24 horas del día y los 365 días del año.

El Colegio Oficial de Farmacéuticos denuncia que «se pretende hacer un ahorro indiscriminado con la restricción de medicamentos, mientras no se tienen en cuenta las prestaciones reales a la cobertura sanitaria que se realiza desde el ámbito de las oficinas de farmacia», afirma su presidente, Antonio Carrasco.

La repercusión de la atención farmacéutica sobre el gasto sanitario, recalca, «es un resultado que los pacientes perciben de manera inmediata pero el sistema sanitario lo ve a la larga no de forma instantánea», recalca Carrasco.

Ana Gaitero 24/11/2011

domingo, 27 de noviembre de 2011

Merck alemana entabla demanda legal contra Facebook

Los Laboratorios Merck alemanes entablan demanda contra la famosa red social Facebook, por usurpación de su página por los Laboratorios Merck, Sharp and Dhome de Estados Unidos. Aunque los nombres son parecidos, son dos gigantes farmacéuticos rivales, y es lo que más le ha perjudicado a la compañía alemana. La dirección URL asignada a Merck Alemana fue www.facebook.com/merck, y no tiene ningún vínculo con su competidor estadounidense.

"En Marzo de 2010 firmamos un contrato de exclusividad con Facebook, por los derechos de uso de la página, porque para nosotros era de un gran valor; pero desde que se apropiaron indebidamente de la misma nos han perjudicado enormemente", relató un portavoz de Merck Alemana. "Cómo es posible que la dirección URL, hubiese sido asignada a un competidor, es algo inconcebible", afirmó el abogado de Merck Alemana, Robert Horowitz.

El caso de la compañía farmacéutica alemana debería llamar a reflexión a todos los usuarios de Facebook, porque alguien con igual nombre, pudiera controlar su dirección URL, afectando la privacidad y suplantando la identidad de un particular. Así, se espera que este caso legal, siente un precedente jurídico, para los millones de usuarios de la popular red social, porque la privacidad es uno de los valores esenciales de los seres humanos, que se constituyen como derechos humanos inviolables.

Facebook está en la obligación de proteger la identidad de los usuarios, que sabemos pueden sufrir ataques en Internet, por piratas cibernéticos que solo quieren suplantarnos, para utilizar  tarjetas de debito o crédito, movilizar cuentas bancarias o aún, realizar cualquier tipo de contratos. Como se sabe, el mundo virtual supone la exposición a varios peligros, pero tomando las medidas de seguridad necesarias, se pueden controlar los ciberataques.

Fuente: El Mundo

viernes, 25 de noviembre de 2011

La FDA pide retirar del mercado algunos medicamentos que contienen Maleato de clorfeniramina

El 2 de marzo de 2011, la Administración de Drogas y Alimentos (FDA) emitió una alerta de seguridad acerca de algunos medicamentos de receta para la tos, el resfriado y las alergias que no están aprobados y contienen éste medicamento en combinación con otros fármacos. La seguridad, eficacia y calidad de estos productos no está aprobada por la FDA, por lo que la agencia pidió a las compañías farmacéuticas dejar de enviar la mayoría de estos productos a la venta en los EE.UU. en los próximos 6 meses. Aunque algunos de estos productos se venden desde hace muchos años, las leyes acerca de lo que una empresa debe demostrar a la FDA para la aprobación de un medicamento son más estrictas y la aplicación de estas leyes se está llevando a cabo hoy en día con mayor rigurosidad. La FDA tomó esta acción debido a las preocupaciones acerca de ciertos riesgos potenciales asociados con el uso de estos medicamentos. Estos riesgos pueden incluir:

·         la posibilidad del uso indebido en bebés y niños pequeños
·         posibles riesgos en la combinación de ingredientes
·         problemas con la liberación prolongada que puede incrementar el riesgo en pacientes al recibir demasiada o muy poca medicación.

Si le preocupa que el medicamento que usted está tomando para la tos, el resfriado o la alergia no esté aprobado por la FDA, usted debe hablar con su médico o farmacéutico. Si la medicación que está tomando no está aprobada, su médico puede recetarle otro medicamento o puede recomendarle un medicamento de venta sin receta para la tos, el resfriado o la alergia. Hay muchos productos alternativos aprobados seguros y efectivos que se pueden tomar en su lugar. Probablemente su médico le recetó el medicamento sin saber que la FDA no lo había aprobado.

Esto se debe a que ha sido muy difícil para los médicos y farmacéuticos saber si estos productos están aprobados o no por la FDA.

Para información adicional, visite:


En Venezuela, la Junta Revisora de Productos Farmacéuticos del Instituto Nacional de Higiene “Rafael Rangel”, adscrito al Ministerio de Salud venezolano, emitió el Boletin Nº 43, contentivo de las Normas Individuales para el manejo de ciertos medicamentos, entre los cuales figuran: Acetaminofen–Dextrometorfano-Clorhidrato de Pseudoefedrina y Maleato de Clorfeniramina. 

martes, 22 de noviembre de 2011

Diplomado sobre Derecho Farmacéutico. Principios generales

Objetivos Generales

Revisar los conceptos de Derecho conexos con el ejercicio de la Farmacia venezolana,  y los instrumentos normativos que la rigen.

Objetivos específicos

Incentivar la capacidad de manejar las ideas generales sobre Derecho y definir, aplicar y jerarquizar los diferentes tipos de normas que rigen el ejercicio de la Farmacia venezolana.

Contenido Tema I

1. Ideas Generales Sobre Derecho; 2. Concepto General de Norma. Clases de Normas: 2.1. Éticas, 2.2. Morales, 2.3. Sociales; 2.4. Religiosas; 2.5. Técnicas; 2.6. Jurídicas. 3. Normas Jurídicas: 3.1. Caracteres  y clasificación; 3.2. Preeminencia. Pirámide de Kelsen; Constitución nacional. Leyes Orgánicas, Leyes ordinarias. Decretos leyes. Reglamentos. Tratados y convenios internacionales. Ordenanzas municipales. Decretos, órdenes y resoluciones; 4. La Constitución nacional como norma rectora de los derechos individuales: Derecho a la vida y salud de la población, derecho al trabajo, a la propiedad, al libre desenvolvimiento de la personalidad. Otros derechos constitucionales. Estado de derecho. Policía sanitaria. Desarrollo de talleres destinados a la identificación de la problemática en el manejo diario de la Institución.

Ideas Generales Sobre Derecho

El término Ideas Generales Sobre Derecho puede definirse como: “Aquellas verdades o criterios fundamentales que forman el origen y desenvolvimiento de una determinada legislación, conforme a un orden determinado de cultura condensados generalmente en reglas o aforismos transmitidos tradicionalmente, y que tienen virtualidad y eficacia propia, con independencia de las normas formuladas de modo positivo” (Puig Peña).
 
Para la mejor comprensión del presente capítulo, hemos separado sus diversos aspectos, de la siguiente manera:
 
Se establece un concepto general de Derecho, que  ubique  al estudiante en el esquema jurídico que le permita obtener criterios sólidos en torno al derecho en general, y al farmacéutico en particular. Así, el Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter. En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos intersubjetivos.

La definición inicial da cuenta del Derecho positivo, pero no explica su fundamento; por ello juristas, filósofos y teóricos del Derecho han propuesto a lo largo de la historia diversas definiciones alternativas, y distintas teorías jurídicas sin que exista, hasta la fecha, consenso sobre su validez. El estudio del concepto del Derecho lo realiza una de sus ramas, la Filosofía del Derecho. Con todo, la definición propuesta inicialmente resuelve airosamente el problema de "validez" del fundamento del Derecho, al integrar el valor Justicia en su concepto. La validez los conceptos jurídicos y meta jurídicos son estudiadas por la teoría del derecho.

Concepto General de Norma y sus Clases

Igualmente se induce al estudiante al manejo del concepto de norma, y al de su clasificación, estableciendo su preeminencia al momento de aplicarlas. El concepto de norma surge como toda regla de carácter obligatorio que manda, permite o prohíbe una determinada conducta o comportamiento al interior del grupo social a la cual se pertenece. Así,  nuestra convivencia social se sustenta en normas y las relaciones que se establecen entre personas, son reguladas por distintas normas. Ellas definen, califican  y determinan los derechos, deberes y permiten al individuo saber cómo actuar correctamente en una situación determinada. En cuanto al tipo de normas, la doctrina las ha dividido en jurídicas, éticas, morales, religiosas y de trato social, aún cuando también destacan las técnicas, contenidas en instrumentos de carácter técnico, mediante los cuales deben realizarse ciertas tareas específicas.

o  En torno la importancia de su conocimiento para su aplicación,  referimos que en nuestra vida cotidiana nos encontramos con diversas situaciones que nos contactan con el Derecho que en ocasiones nos imponen deberes para con los semejantes.
o   El Derecho surge como una manifestación de la necesidad de establecer normas que nos permitan convivir en forma organizada y pacífica, evitando que las personas resuelvan los conflictos por sus propios medios.
o   En cuanto a su preeminencia, aludimos lo expuesto por  Hans Kelsen, en su famosa Pirámide de Kelsen).
 
La Constitución nacional como norma rectora de los derechos individuales

Nuestra Constitución nacional  vigente desde 1999, surge como norma rectora y máxima expresión de las normas jurídicas de los derechos individuales, entre los que destacan: Derecho a la vida y salud de la población y de  otros derechos constitucionales, tales como el del debido proceso, el del legítimo derecho a la defensa, la consagración y garantía del Estado de derecho.

Desarrollo de talleres destinados a la identificación de la problemática en el manejo diario de la Institución.

Hemos agregado esta sección, ya que en virtud de la relevancia de la problemática en el manejo diario de la Institución, puede complicarse la intervención farmacéutica.

En su desarrollo consideramos:

o Ampliación de conocimientos mediante el dictado de talleres destinados a la identificación de la problemática en el manejo diario de la Institución en la que se desenvuelve el farmacéutico y el personal auxiliar, para prevenir, resolver  y solventar situaciones conflictivas de cualquier naturaleza;
o   Elaboración de la filosofía de la Institución, fijando su misión, objetivos y visión, que permitan perfeccionar tanto la labor del farmacéutico, como el desarrollo de la Institución.