martes, 14 de febrero de 2012

Ampliación de información sobre la tarjeta amarilla para reportar Reacciones Alérgicas a los Medicamentos (RAM)

En virtud de haber recibido numerosas solicitudes de ampliación de información sobre la tarjeta amarilla para reportar Reacciones alérgicas a los Medicamentos, colocamos este complemento, que esperamos, sea de beneficio para nuestros lectores.

¿Qué es la farmacovigilancia? 

Es el conjunto de métodos, observaciones y disciplinas que, durante la etapa de comercialización o uso extendido de un medicamento, permiten detectar reacciones adversas, efectos farmacológicos o terapéuticos beneficiosos y falta de eficacia, no previstos en las etapas previas de control y evaluación del mismo.  

¿Cuál es el objetivo de la farmacovigilancia?

El objetivo de la farmacovigilancia radica en la responsabilidad de las personas involucradas en los procesos de prescripción, dispensación y suministro de medicamentos, de velar por la seguridad de los pacientes, mediante la recepción de información sobre reacciones adversas, efectos farmacológicos o terapéuticos beneficiosos y falta de eficacia, que se presenten durante su uso, con la finalidad de informar a las autoridades y tomar decisiones sobre su comercialización.

El objetivo final de todo proceso de desarrollo de principios activos consiste en obtener la información suficiente para poder hacer un balance del riesgo - beneficio de su uso en una indicación clínica correcta, en términos de comparación entre diferentes alternativas. 

Podemos resumir los objetivos de la farmacovigilancia en:

 Objetivos Inmediatos:

1. Detección temprana de las reacciones adversas e interacciones desconocidas hasta ese momento;

2. Detección de aumentos de la frecuencia de reacciones adversas (conocidas);

3. Identificación de factores de riesgo y de los posibles mecanismos subyacentes de las reacciones adversas;

4. Estimación de los aspectos cuantitativos de la relación beneficio/riesgo;

5. Difusión de la información necesaria para mejorar la regulación y prescripción de medicamentos.

Objetivos Finales

1. La promoción del uso racional y seguro de los medicamentos;

2. Evaluación y comunicación de los riesgos y beneficios de los medicamentos comercializados;

3. Identificación de factores de riesgo y de los posibles mecanismos subyacentes de las reacciones adversas;

4.Educación e información a los pacientes.

¿Qué es un efecto adverso?

Cualquier cambio desfavorable y no intencional en la estructura (signos), función (síntomas), o química (datos de laboratorio) en el organismo, temporalmente asociado con el uso de un medicamento en seres humanos, se le considere o no relacionado con el mismo. 

La literatura farmacológica se refiere a las expresiones Evento adverso serio y Evento adverso no serio, como aquellos que, principalmente, se traducen u ocasionan efectos nocivos al paciente por el uso de medicamentos.

Evento adverso serio

Un Evento Adverso SERIO es aquél que cause, o signifique un riesgo inminente de muerte, provoque una lesión que se traduzca en incapacidad transitoria o permanente, origine o prolongue una hospitalización, (sobredosis accidental o intencional), un cáncer, una anomalía congénita o defecto de nacimiento y/o un evento médico importante. 

Evento adverso no serio: 

Un Evento Adverso se considera NO SERIO cuando no produce las consecuencias del anterior, pero ocurre durante el transcurso del tratamiento con un medicamento, esté o no relacionado al mismo.  

Notificación de eventos adversos 

Todo Evento Adverso (Serio, No Serio o de Falta de Eficacia), temporalmente asociado al uso de un medicamento, debe ser reportado esté o no relacionado al uso del mismo. 

¿Quiénes deben reportar los eventos adversos?
  • Los responsables de la prescripción y aplicación de medicamentos.
  • Los  responsables en la cadena de comercialización de medicamentos (Fabricantes y dispensadores de medicamentos).
  • Los pacientes que consumen medicamentos, quienes deberán comunicar de tales anomalías, a quien se lo prescribe, expende, suministra o aplica.

Nota: El artículo 32 de la Ley del Medicamento (Venezuela) obliga a los profesionales de la salud (farmacéuticos, médicos, odontólogos, enfermeras) y a los fabricantes de medicamentos, informar a los organismos responsables de la farmacovigilancia, la evidencia de los efectos secundarios o dañinos e interacciones causados por los medicamentos. 

¿Cómo puede reportarse un evento adverso a un medicamento? 

En caso de pacientes o familiares, deben dirigirse al profesional que prescribió, dispensó o suministró el medicamento, para que notifique de tal situación, a la autoridad sanitaria competente. 

    Si se trata de médicos u odontólogos,  deben comunicar a la autoridad sanitaria competente de tal situación, mediante los canales de información destinados al efecto. Aquí cobra relevancia el llenado correcto de la tarjeta amarilla de Reacciones Adversas a los Medicamentos.

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