Aunque parezca un tema no relacionado con el área, la reforma a la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, aprobada el martes 31 de enero, tiene serias implicaciones para las organizaciones sociales.
En el Capítulo 2, sobre "Funciones de Control", se consideran "Sujetos obligados, sometidos al control y directrices de un órgano o ente de control" a las "fundaciones, asociaciones civiles y demás organizaciones sin fines de lucro (... ) agrupaciones de ciudadanos y ciudadanas... ".
Esta ley, y la Ley para la Defensa de la Soberanía Política y Autodeterminación Nacional, implican una seria amenaza para el ejercicio del derecho humano a la libertad de asociación que, entre otras garantías, reconoce la potestad de las organizaciones de procurarse los recursos necesarios para llevar adelante sus objetivos.
Entre otros aspectos, estas leyes abren la puerta para la criminalización de la actividad de organizaciones y agrupaciones de activistas, poniendo en duda la licitud de sus fondos, sobre todo cuando implican la movilización y la denuncia frente a la vulneración de los derechos a la salud y la vida.
En una próxima entrega daremos información más detallada, pero desde ya instamos a las organizaciones con servicios en VIH/Sida a conocer el contenido de esta ley.
Fuente: Diario El Universal
Fuente: Diario El Universal
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