martes, 13 de marzo de 2012

La experticia farmacéutica

La experticia constituye el medio probatorio por excelencia  en materia civil como penal, en circunstancias en las que necesariamente debe recurrirse a ella para: a) determinar y constatar ciertos hechos ocurridos en el pasado y que deben evidenciarse por declaraciones de personas expertas, peritas o reconocedoras; b) en el examen de personas y cosas en las que necesariamente,  deben  ponerse de manifiesto  lesiones, daños  y adulteraciones; c) en circunstancias en las que debe evidenciarse los hechos que rodearon el fallecimiento de una persona; y, d)  en todas  aquellas situaciones en las que, para determinar  las  cir­cunstancias que rodearon determinado hecho punible, sean necesa­rios elementos técnicos, científicos, conocimientos especia­les o una determinada capacidad en cierta  disciplina. 

En el caso farmacéutico es importante esta actividad profesional, en casos de envenenamientos, cuando se requiere determinar la cantidad y naturaleza del tóxico involucrado; por ello, la norma jurídica encarga esas labores al perito farmacéutico. También es importante su participación, cuando se trata de determinar la actividad, estabilidad y eficacia de los medicamentos. 

En este ensayo ofrecemos un panorama de esta actividad, sin con ello agotar el tema, ya que están pendientes aspectos como la cadena de custodia de la muestra o la rendición del informe pericial, los que desarrollaremos en futuras entregas.

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