La publicación el pasado 21
de febrero del proyecto de Real Decreto que regulará la venta legal al público
de medicamentos de uso humano elaborados industrialmente, no sujetos a
prescripción médica (OTC), realizada a distancia a través de procedimientos telemáticos,
puede marcar un antes y un después para el sector de oficinas de farmacia. Y es
que, la venta de fármacos no sujetos a prescripción a través de Internet era
una de las ventanas que dejó abierta en 2006 la Ley de Garantías que dejó
pendiente de desarrollo por parte del Gobierno de esta modalidad de venta.
Eso sí, el artículo 2.5 de
la Ley de Garantías establecía, con el objetivo de la protección de la salud
pública, unos requisitos mínimos para este tipo de venta como que los
medicamentos fueran dispensados por una oficina de farmacia autorizada o que
interviniese un farmacéutico. Y es que, la amenaza para la salud pública que
supone la venta ilegal de medicamentos a través de este canal ha motivado que
se extreme la vigilancia para evitar que por esta vía lleguen al público
medicamentos falsificados o no autorizados.
Tras los pasos de Europa
Sobre este particular, cabe
destacar que, para evitar estos riesgos, el Parlamento y el Consejo Europeo
estableció en la Directiva 2011/62 un código comunitario sobre medicamentos de
uso humano para evitar, precisamente, la posible entrada de fármacos
falsificados en la cadena de suministro legal. Una normativa europea que se
incorporará al derecho de nuestro país a través de un real decreto que persigue
un doble objetivo: proporcionar un marco normativo para regular este tipo de
venta y permitir a los ciudadanos identificar más fácilmente los sitios web que
venden legalmente medicamentos OTC.
¿Qué
supondrá la puesta en marcha del real decreto?
Tal y como recoge el
proyecto, la primera consecuencia será que a partir de su aprobación cualquier
farmacia abierta al público, legalmente autorizada y que haya notificado a las
autoridades competentes de su comunidad una serie de información básica (nombre
del titular, fecha de inicio de actividad, dirección de la web e información
sobre los procesos de envío) al menos 15 días antes del inicio de esta
actividad, podrá comenzar a vender OTC a través de Internet.
¿Hay
garantías en esa dispensación?
A este respecto, el proyecto
de Real Decreto garantiza que en la venta siempre intervenga un farmacéutico,
desde su oficina de farmacia, previo asesoramiento personalizado. Es decir, que
en la dispensación a través de Internet no puede intervenir nadie que no sea el
farmacéutico, a excepción de aquellas personas que realicen el transporte de
los mismos al domicilio del paciente.
Asimismo, y a pesar de que
se trata todavía de un proyecto que está sometido ahora a un periodo de
alegaciones, la intención del mismo es trasladar a la Red el funcionamiento
normal de una farmacia física, con todas sus obligaciones y garantías. Incluso,
a la hora de vender a través de Internet se es mucho más estricto. Así, por
ejemplo, se prohíbe la venta cruzada, los premios o actividades que se vinculen
a esta venta.
¿Quién es farmacia 'online'?
En la actualidad, y a la
espera de los datos que solicitó a los colegios de farmacéuticos provinciales
el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos durante el pleno
celebrado el pasado 12 de diciembre, el número de farmacias en España que tienen
presencia en la Red se acercan a 400. Pero, ¿cómo pueden convertirse en
farmacias legales para poder vender a través de Internet? Sobre este
particular, cabe destacar que webs de la Agencia Española de Medicamentos y
Productos Sanitarios y de las distintas comunidades incluirán información sobre
las farmacias a las que se les ha concedido autorización.
Este control, que incluye
una especial vigilancia para cumplir la Ley de Protección de Datos, supone una
garantía para el consumidor. Y es que, a este respecto, una de las grandes
preocupaciones de los pacientes es esa: la seguridad y el control. Así, por
ejemplo, cabe destacar que uno de los apartados de este proyecto de ley precisa
que entre las garantías que se ofrecen a los consumidores se encuentra que la
entrega del medicamento irá acompañada de información para que pueda utilizar
el servicio de seguimiento farmacoterapéutico por el farmacéutico.
Fuente: El Global.net
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